“El golpe de Estado en Honduras, es un golpe contra todo lo que encarna la ALBA, por lo que la Alianza Bolivariana no sólo es una urgencia histórica sino la vía inexorable para hacerle frente a la crisis estructural del capitalismo”

Comandante en Jefe Hugo Chavez Frias
05 de Julio de 2009

martes, 2 de marzo de 2010

Desbaratando el mito adverso sobre los cazas chinos PARTE 2





Seguimos con la segunda parte de este estudio, pidiéndoles disculpas a todos los que han seguido el referido estudio, pues nos hemos tardado mucho en continuarlo. Queremos si, dar una breve explicación sobre esta demora, no queremos que se piense que no teníamos la autorización del autor, ni ninguna otra hipótesis de conflicto con nadie.

Básicamente es un estudio que no hicimos nosotros, solo lo hemos divulgado, realizando los respectivos comentarios para apoyarlo, pues desde mucho antes ya coincidíamos con estas ideas (solo que nos faltaban los estudios más a fondo sobre lo que eran superficialmente evidente, y sostenemos lo que desde un principio hemos señalado: lo que se busca no es un sustituto directo del F-16, sino un avión que complemente al Su-30), el hecho de que dicho estudio nos llegaba a través de una tercera persona nos impedía consultar al autor de dicho estudio sobre detalles de este sencillo pero interesante trabajo, detalles muy necesarios para poder hacer los respectivos comentarios. Finalmente, conseguimos acceso al creador del estudio y hasta le hicimos una breve entrevista, que igualmente publicaremos en los próximos días. Y bueno, le damos las gracias a Canberrero, viejo amigo de los foros, pero a quien no conocíamos en persona.

Y claro esta, los nunca faltantes contratiempos personales que todos tenemos siempre, dilataron en exceso (lo sabemos), la continuación de la divulgación de este estudio.

Así, que sin más, continuemos pues con el mismo. Todas las sugerencias y comentarios serán bienvenidos.


ESTUDIOS SOBRE LA POTENCIA Y LA MANIOBRABILIDAD


Las láminas siguientes que nos hizo llegar Canberrero se desprenden de las tablas generales publicadas en la primera parte. En esta oportunidad tienen que ver con el Factor-G (resistencia estructural) y con, según sus palabras, “el brío de la montura” (relación empuje/peso) claros indicativos de maniobrabilidad.

Se insiste desde la primera parte que estos análisis se hicieron con datos de dominio público y se organizaron sobre la base de dos comparaciones hipotéticas: 1) el caza FC-1 frente a los cazas que posee nuestra Aviación Militar (Mirage-50, F-5A y F-16A), y 2) El caza FC-1 frente a cazas de prestaciones similares (F-20, F-5E).

A veces los números, sus operaciones y los resultados pueden ser antipáticos o contrarios a nuestros mitos. Pero, eso es parte de la objetividad.



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La tabla 1 gráfica 3 en cuanto a los limites G, muestra que supera a todas las aeronaves de la AMB. Así mismo en la tabla 3 gráfica 3 se observa un valor superior comparados con modelos cercanos. Esto evidencia otra filosofía de diseño que escapa de los contrapuestos.



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La tabla 1 gráfica 4 y la tabla 3 gráfica 4 nos refiere a la relación empuje-peso, que esta referida al régimen de aceleración de las aeronaves. Definitivamente un valor tan cercano a la unidad es ostentar de fuerza de sobra para salir de cualquier situación. Es una lastima que el F-20 nunca entrara en producción.

La combinación de ambos valores nos infiere que estamos en presencia de una aeronave muy ágil y maniobrera.


BASE TEÓRICA


LIMITE G


Aclararemos que lo que llamamos “Gravedad limite”, “Limite G” o “Fuerza G” no es una fuerza en realidad, es una comparación entre la fuerza provocada por una aceleración sobre un objeto en relación a su peso. Es lo que en ingeniería se llama numero adimensional, o lo que es lo mismo, que no tiene unidad de medida. Aunque normalmente se compara con el valor de la gravedad (de ahí proviene el nombre referido a la gravedad o G) para dar una idea intuitiva del valor del numero.

El efecto de una “fuerza G” es similar a que su peso se haya multiplicado por el número de Gs, en la dirección opuesta a la aceleración del sistema de referencia.

En terrenos de la aeronáutica la comparación puede hacerse con la fuerza de sustentación máxima que se ejerce sobre las alas aplicado en giros cerrados sostenidos o múltiples maniobras exigentes. Es el margen seguro de aceleraciones o “Limite G” que puede soportar la estructura de la aeronave sin que este colapse.

El signo “+ ó –” después de la “G” indica la dirección de dicha relación en el sistema, normalmente llamadas “G positivas o de compresión” o “G negativas o de tracción”.

Sin entrar en tediosas teorías aeroelásticas. Sencillamente los limites G que pueda soportar una aeronave de combate es un buen indicador de la resistencia estructural del aparato y sus limitaciones de maniobrabilidad.


RELACION EMPUJE/PESO

La relación empuje a peso es otro de los parámetros más importantes para determinar el rendimiento de una aeronave (La relación empuje a peso de una aeronave de combate es un buen indicador de la maniobrabilidad del aparato).

La relación empuje a peso varía constantemente durante el vuelo. El empuje varía con la configuración del acelerador, la velocidad aerodinámica, la altitud y la temperatura del aire. El peso varía con la cantidad de combustible disponible y los cambios de carga. Para una aeronave, la relación empuje a peso calculada suele ser el empuje estático máximo a nivel del mar dividido por el peso máximo al despegue.

Por ejemplo. Según los valores de la tabla 1, El motor ruso RD-93 produce 84,4 kN de empuje máximo a nivel del mar y tiene una masa máxima de 9.100 kg. Utilizando una gravedad de 9,80665 m/s², la relación empuje a peso se calcula como sigue:

(1 kN = 1000 N = 1000 kg⋅m/s²)

84,4kN / ( 9100Kg*9,807 m/s²) = 0,000945 kN/N = 0,95 (± 4)


La tolerancia (± 4) según la vida útil o fatiga estructural en horas de vuelo (Nuevo +4 Media vida 0 Limite de vida -4).



Links a las dos primeras partes de este estudio:


PARTE 1

INTRODUCCIÓN


Juez franquista acusa sin pruebas al Gobierno venezolano de apoyar a las FARC y a ETA

02-03-2010
Un nuevo Juez Estrella nace en la Audiencia Nacional

Eloy Velasco acusa sin pruebas al Gobierno venezolano de apoyar a las FARC y a ETA



"La Audiencia cree que el Gobierno de Chávez ayuda a ETA y las FARC". Así titula El País una noticia del 1 de marzo. Eloy Velasco, juez instructor de la Audiencia Nacional, dictó ayer un auto de procesamiento contra seis presuntos miembros de ETA y siete de las Fuerzas Armadas Revolucionarias Colombianas (FARC) por supuesta colaboración con banda armada e intento de asesinato. Estos hechos son antiguos y conocidos, pero lo que ha llamado la atención de todos los medios es que en la parte dispositiva del auto, el juez, en el mismo párrafo que solicita la cooperación de los gobiernos venezolano y cubano, establece literalmente: “Líbrese copia del presente Auto y remítase copia al Ministerio de Asuntos Exteriores y al Ministerio del Interior para que practiquen las gestiones pertinentes ante las Autoridades Cubana y especialmente Venezolana para que cooperen a la entrega extradicional de algunos de los procesados, pues obran diligencias en este procedimiento que ponen de manifiesto la cooperación gubernamental venezolana en la ilícita colaboración entre las FARC y ETA y en especial de ARTURO CUBILLAS FONTAN, que tiene o ha tenido un cargo público en ese país”.

Veamos primero las omisiones de la resolución judicial. El auto de Eloy Velasco en ningún momento hace referencia a que el procesado Arturo Cubillas reside legalmente en Venezuela desde el mes de mayo de 1989 como producto de los acuerdos entonces alcanzados por los presidentes Carlos Andrés Pérez y Felipe González. Mientras que el juez, como advierte la nota de prensa de la Embajada Venezolana en Madrid, se toma la molestia de referirse reiteradamente y de manera irrespetuosa al Presidente de los venezolanos, Hugo Chávez, haciendo señalamientos tan tendenciosos como infundados acerca del actual gobierno bolivariano.

El juez español también debería reseñar que prácticamente todos los hechos contenidos en la resolución judicial son producto de la utilización de archivos contenidos en el computador de Raúl Reyes, cuya eficacia probatoria es mucho más que dudosa por haber sido manipulados por el ejercito colombiano. Siendo archivos manipulados y obtenidos con violación del derecho internacional, ningún tribunal imparcial podrá tenerlos en cuenta para dictar una sentencia condenatoria, aun tratándose de delitos de “terrorismo”.

Sobre el contenido del auto, cualquier lector que dedique unos minutos a leer los antecedentes de hecho del auto dictado podrá comprobar que los supuestos vínculos entre el Gobierno de Venezuela y las FARC y ETA no tienen ningún sustento. Se basarían en tres cuestiones: que el procesado Arturo Cubillas es funcionario del Ministerio de Justicia, que está casado con una ciudadana venezolana que ostenta cargo público en aquella república. Y que, según el magistrado, un vehículo militar venezolano escoltó a algunos procesados en un desplazamiento terrestre por Venezuela, hechos que narra sin ningún sustento probatorio. Los autos judiciales deben estar motivados. Por ello deben contener “antecedentes de hecho” y “fundamentos jurídicos”. En este caso, el magistrado se ha “saltado” todo razonamiento y ordena al Gobierno español que pida explicaciones por este caso, lo que el Ministro de Exteriores español ha verificado nada más enterarse por los medios.

Mención aparte requiere el procesamiento en este mismo auto de la ciudadana española Remedios García Albert, que tampoco encuentra ninguna justificación probatoria en la resolución judicial que así lo acuerda. De hecho, como recuerda su defensa, Remedios García Albert nunca ha tenido nada que ver con ETA y siempre ha condenado a dicha organización. Ni siquiera la policía española la ha interrogado a este respecto ni la ha acusado nunca de tener ningún vínculo con esta organización. Sí hubiera tenido el papel de la que el Juez la acusa, la policía española la hubiera acusado, sin duda, de un delito de colaboración con banda armada.

El sinsentido no sólo es jurídico, sino también procesal. Nadie puede explicar cómo en un auto de procesamiento en el que se atribuyen presuntos delitos a los procesados, el magistrado da por probados los hechos y, basándose en suposiciones, se inmiscuye en las relaciones diplomáticas entre diferentes Estados. Pero lo más grave es que estamos hablando de un sumario que por ley es secreto, como hasta los legos en derecho saben. Sin embargo, nada más dictarse se entregaron copias a los periodistas para que lo difundieran de inmediato. Todo esto hace pensar que, más que ante una resolución judicial, nos encontramos con un documento pensado por y para la prensa, la cual ávidamente se ha hecho eco1.

Todo lo anterior se puede explicar por la personalidad y la ideología del magistrado Eloy Velasco. Anteriormente a su reingreso estuvo ocho años al servicio del Partido Popular de la Generalitat Valenciana como Director General de Justicia, cargo del que fue cesado por los conflictos internos que causó en aquella administración. Desde su llegada a la Audiencia Nacional también se ha hecho notar, siendo el único Juez que secundó la ilegal huelga de Magistrados en la Audiencia u ordenando la actuación de la Erztaina fuera de Euskadi.

Resoluciones como la de ayer le auguran una larga y brillante carrera, sustituyendo al Juez Garzón como “juez estrella”... con la ventaja de que Eloy Velasco nunca investigará el franquismo ni a ningún otro terrorismo a gran escala.

http://carlosmartinez.info/content/view/221/1/


NOTAS

1 Algunas de las noticias publicadas inmediantamente dictado el auto judicial:

- También intentaron asesinar a Pastrana. La Audiencia procesa a seis presuntos etarras y siete miembros de las FARC por intentar asesinar a Uribe http://www.europapress.es/nacional/noticia-audiencia-procesa-seis-presuntos-etarras-siete-miembros-farc-intentar-asesinar-uribe-20100301124001.htm

- ABC (ESPAÑA) 12.55 pm Juez procesa 6 miembros de ETA y 7 de FARC por intentar atentar contra Uribe. http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=292052

- RTVE, ETA apoyó a las FARC para atentar contra Uribe en España y bajo la "cooperación" de Venezuela. El juez Velasco dicta prisión para a seis etarras y siete miembros de las FARC. Les acusa de conspirar atentados contra los presidentes Uribe y Pastrana. Uno de los etarras tuvo un cargo público en el Gobierno de Chávez http://www.rtve.es/noticias/20100301/trece-etarras-miembros-farc-planearon-atentar-contra-uribe-cooperancion-venezuela/321350.shtml


Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.


http://www.rebelion.org/noticia.php?id=101416



lunes, 1 de marzo de 2010

El Caso España Parte 1






Gobierno Bolivariano califica de inaceptable y tendencioso fallo de la Real Audiencia Española



Foto: Archivo, ABN.

Caracas, 01 Mar. ABN.- El Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores calificó este lunes de inaceptable y tendencioso el fallo de la Real Audiencia Española, en el cual se hacen señalamientos inaceptables, de naturaleza y motivación política contra el Gobierno Nacional.


A continuación el comunicado de la Cancillería:


República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores

Comunicado

El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela tuvo conocimiento, por vía de prensa, del auto de procesamiento emitido por un juez español, en el cual se hacen señalamientos inaceptables, de naturaleza y motivación política, sobre el gobierno venezolano.

En el mencionado auto se hace referencia a un ciudadano que reside en Venezuela desde el mes de mayo de 1989, como producto de los acuerdos entonces alcanzados por Carlos Andrés Pérez y Felipe González. Sorprende que en ningún momento se menciona el nombre de los autores de este acuerdo, mientras que el juez se toma la molestia de referirse reiteradamente y de manera irrespetuosa al Presidente de los venezolanos, Hugo Chávez, haciendo señalamientos tan tendenciosos como infundados acerca del gobierno bolivariano.

La totalidad de los cuestionamientos formulados por este juez son producto de la utilización de archivos contenidos en el computador supuestamente incautado a Raúl Reyes durante la operación militar que implicó el bombardeo ilegal del territorio ecuatoriano y durante la cual fueron masacradas decenas de personas. Resulta también sorprendente que el juez resucite la desgastada farsa del computador, que ya ha pasado a formar parte del folklore político colombiano.

El Canciller de la República Bolivariana de Venezuela, en comunicación con el Canciller del Reino de España, recordó el acuerdo de 1989 producto del cual el ciudadano en cuestión reside en Venezuela a petición del Estado español, repudió los señalamientos infames de este juez español y reiteró el profundo apego a los valores democráticos y humanistas que caracteriza al gobierno bolivariano de Venezuela.

Caracas, 1 de marzo de 2010


http://www.abn.info.ve/noticia.php?articulo=222676&lee=4




Detuvieron al subdirector de Sebin y ex-director de la ONA


Detuvieron al subdirector de Sebin y ex director de la ONA

Por: Panorama
Fecha de publicación: 01/03/10


Caracas, marzo 1ero - El comisario Luis Correa, subdirector de la policía política Sebin (antigua Disip) y también ex director de la Oficina Nacional Antidrogas (ONA) está detenido en la sede de la Dirección de Inteligencia Militar (DIM), según fuentes extraoficiales, por la enorme fortuna, jaquear correos y grabar conversaciones de manera ilegal.

Al funcionario es acusado de traición a la patria, vender información a otros países, interceptar mensajes de altos funcionarios y porte ilícito de armas de fuego. Se tiene previsto que el comisario Correa sea presentado este lunes en los tribunales penales y que su acusador será la persona a quien presuntamente le habría interceptado varios correos electrónicos.

Trascendió que durante su primer período en la Disip se fugó “El Boyaco”, de quien percibió una fuerte suma de dinero. La misma fuente reveló que junto a él se encuentran detenidos otros funcionarios del Sebin.


http://www.aporrea.org/contraloria/n152041.html


¿Como debe ser la Fuerza Armada de la Primera Potencia Energetica Mundial?

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